Urbanismo

Es una disciplina que se ocupa tanto de los nuevos crecimientos como de los ya construidos y consolidados a fin de mantenerlos o mejorar sus infraestructuras y equipamientos.

En este diseño de urbanización, el ayuntamiento mediante el planeamiento, establece unas categorías de suelo en función del uso que se vaya a hacer. Es lo que se conoce de forma genérica como clasificación y calificación del suelo,  las clases de suelo son:

  • El suelo rústico o no urbanizable: son los terrenos destinados a labores agropecuarias, montes,  terrenos protegidos, etc. 
  • El suelo urbanizable: son los terrenos destinados a convertirse en parte de la ciudad pero que todavía tienen un carácter rural o no urbano.
  • El suelo urbano: son los terrenos que ya forman parte de la ciudad o solares para edificarse.

Esta clasificación se encuentra recogida en los esquemas de los Planes Generales de los municipios. Para que un suelo pueda pasar de suelo rústico a urbanizable o urbano es necesario que tenga redactado un planteamiento general o de desarrollo en el que se especifique qué clase de suelo es y qué necesita para su transformación.

La consulta de la información urbanística de un municipio se puede hacer bien solicitando dichos datos al técnico municipal del ayuntamiento, bien analizando directamente la documentación urbanística que se puede obtener en los ayuntamientos, en los colegios de arquitectos, en las delegaciones provinciales de la consejería competente en urbanismo, o en Internet (portales municipales y de las comunidades autónomas).

En el caso de Canarias, la materia es compleja y se desarrolla en todo un conglomerado de textos legislativos, cuya  norma de referencia es la Ley 4/2017 de espacios protegidos y del Suelo de Canarias.


Pinche aqui y acceda al:  CODIGO DE URBANISMO DE CANARIAS.pdf

En JMDelmoral&Abogados, le asesoramos en esta materia.